La carta porte es un documento con validez legal en donde se declara que existe un contrato de transporte entre el dueño de las mercancías y el transportista que las lleva de un lugar a otro. Su principal función, como ya podrás imaginar, es regular el transporte de bienes para combatir el contrabando y la evasión de impuestos, así como fortalecer el comercio formal.
La carta porte es un requisito con el que los importadores, exportadores, las empresas de logística y los transportistas están más que familiarizados, pero recientemente la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) ha aplicado cambios considerables en la reglamentación que determina su expedición.
En pocas palabras, ahora el complemento carta porte en el CFDI sustituye a la carta porte tradicional, pero hay muchos más detalles que necesitas considerar.
Por eso, sin importar que seas nuevo en el mundo del comercio internacional o que ya tengas experiencia en él, hoy en Volca te explicaremos a detalle cómo funciona exactamente la nueva modalidad de carta porte del SAT que entró en vigor en 2021 y se volvió obligatoria a partir del 2022.
¿Qué es la carta porte y para qué sirve?
De acuerdo con el SAT, la carta porte es:
Un documento de carácter jurídico declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte. Informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada.
La carta porte, en primer lugar, sirve como recibo de la mercancía por parte del transportista, así mismo, atribuye derechos sobre la misma y estipula los términos del traslado y viene con un contrato para protección de transporte.
La carta porte también sirve para demostrar la estancia legal de las mercancías de importación, siempre y cuando se registre el número de pedimento en la carta porte. Es importante mencionar que este documento no sustituye otros requerimientos para el transporte internacional, como el bill of lading.
La carta porte incluye toda la información necesaria para que las autoridades puedan trazar adecuadamente el destino y origen de cada cargamento, y es requerimiento para todo tipo de transporte foráneo o internacional, ya sea marítimo, terrestre, fluvial, aéreo o incluso por ferrocarril.
La información con la que debe contar la carta porte es:
- Descripción detallada de los bienes o mercancías que se trasladan mediante catálogo homologado.
- Emisor, receptor y concepto.
- Ubicación de origen de la mercancía, así como el destino final y los puntos intermedios que se realizarán, si aplican.
- Medios de transporte por los cuales la mercancía pasará (figura de transporte con clave de transporte, operador/chofer, RFC del propietario de la unidad, arrendatario y notificado o persona que recibe la mercancía).
En lo relativo al autotransporte federal terrestre, la carta porte también requiere que ingresemos permisos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, empresa y folio del seguro e identificación vehicular con configuración del autotransporte y placa.
Ahora bien, pongamos un ejemplo de su utilidad. Imaginemos que una empresa transportista está llevando un cargamento de bicicletas desde San Diego hasta la Ciudad de México. Estando en territorio nacional, recorriendo una carretera federal, las autoridades podrían detener la unidad y solicitar al chofer una revisión de la carga y la documentación.
Aunque claramente no se trata de una mercancía ilegal, si el transportista de las bicicletas no llevara la carta porte para demostrar el origen y el destino de la carga, y que efectivamente la empresa lo está contratando para brindar ese servicio, tanto él como chofer como la empresa de logística que contrató el servicio son acreedores a una sanción, incluso una vez que se aclare que no se trata de contrabando.
¿Cómo se relaciona la carta porte con el CFDI del SAT?
A partir de del 2002, la carta porte debe integrarse a modo de complemento en el comprobante Fiscal y Digital por internet (CFDI). Es decir, ya no se expide como un documento aparte, sino que, en las operaciones en las que es necesaria, se realiza junto con el comprobante fiscal, lo cual permite homologar su formato.
Hay dos tipos de CFDI a los que se puede agregar el complemento carta porte: el CFDI de ingresos y el CFDI de traslado.
El CFDI de ingreso es el comprobante fiscal de un servicio de transporte en el que se declaran a detalle todas las mercancías que se van a movilizar, y la carta porte se integra siempre. El CFDI de traslado se emite cuando no hay una venta como tal, pero es necesario amparar el transporte de la mercancía de un sitio a otro con medios propios.
Al momento de generar un complemento carta porte, encontraremos una serie de catálogos precargados en el formato que debemos llenar, que incluyen unidades, medidas y tipos de embalaje, tipos de permiso, localidades, colonias y municipios para especificar origen, destino y puntos intermedios, configuración de autotransporte federal y tipo de remolque, entre otros.
El objetivo de estos catálogos es que el usuario seleccione la opción correcta en cada uno de los campos correspondientes en lugar de que se tengan que llenar libremente.
¿Quiénes son responsables de emitir el complemento carta porte y cuándo?
Si eres el dueño legal de las mercancías que van a trasladarse, la empresa transportista (es decir, la persona física o moral propietaria de los vehículos) o la agencia de logística (Freight Forwarder o agente de carga) encargada de contratar la transportación y del seguimiento, antes de la realización del viaje tendrás que emitir un CFDI con complemento carta porte.
Ejemplo de traslado por flujo de operaciones
Por ejemplo, imagina que tienes una fábrica de bicicletas en CDMX, y necesitas transportarlas a una bodega de almacenaje en Tijuana. Vas a llevar las bicicletas en tu propio camión. En este caso, solo tienes que emitir una carta porte sin timbre fiscal, pero debe tener exactamente lo mismo que el complemento carta porte, la única diferencia es que no se timbra.
Como puedes ver, el traslado con carta porte te ampara para que puedas movilizar tus mercancías con medios propios en territorio nacional.
Ejemplo de traslado de mercancía propia mediante intermediarios
Y ¿qué pasa si en lugar de llevar las bicicletas en tu propio camión a una bodega propia, contratas a una empresa transportista para llevar las bicicletas a un cliente? En este caso, es la empresa de transporte la que debe emitir un CFDI de ingresos (por concepto del servicio que te está brindando) con su respectivo complemento carta porte.
¿Qué ocurriría si el transportista llevara mercancías de diferentes clientes en el mismo viaje? Pues que tendría que llevar un CFDI de ingresos con complemento carta porte por cada uno de ellos, aunque el origen y destino de la mercancía sea el mismo.
Ahora bien ¿qué sucede con el transporte multimodal o en los casos en los que contratas a una empresa de logística que a su vez contrata uno o varios transportistas?
En este caso, la empresa de logística o freight forwarder que está gestionando el traslado debe emitir primero un CFDI de transporte con carta porte asegurándose de especificar los datos de cada uno de los medios de transporte. Posteriormente, cada uno de los transportistas debe emitir un CFDI de ingresos, también con complemento carta porte.
Una manera sencilla de verlo es lo siguiente, siempre que existan más de dos actores, es decir, un intermediario además del dueño de las mercancías y la empresa transportista, se va a requerir un CFDI de traslado general y al uno de ingresos por cada embarco, ambos con su complemento.
Es importante mencionar que muchas veces los clientes no tienen clara la información que necesitan para emitir un complemento carta porte o para darle todos los datos correctos la transportista, por ejemplo las claves de producto en el catálogo. Si tienes dudas, recuerda que en Volca Freight Forwarders nuestros asesores están para servirte.
La carta porte se puede presentar a las autoridades que la requieren de manera física o en formato digital, por ejemplo, en la pantalla de un celular o tablet.
¿Cuándo NO es necesario generar el complemento carta porte en el CFDI?
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.7.1.8, 2.7.1.9., Trigésimo Sexto Transitorio, la carta porte tiene que emitirse siempre que llevamos mercancía de un lugar a otro, en transportes de la empresa o contratados a otra compañía. Sin embargo, hay algunas excepciones a tomar en cuenta.
- Siempre que la mecánica ingrese a aunque sea un tramo de carreteras federales, transporte marítimo, aéreo o ferroviario, hay que emitir carta porte, pero si el traslado es en la misma ciudad y el vehículo no sale a carretera, no es necesario emitirla.
- No es necesario emitir la carta porte cuando se transporta la mercancía en una camioneta de carga ligera, automóvil o motocicleta dentro de la misma ciudad o localidad, y por tramos de hasta 30 kilómetros en carretera federal.
- Cuando se genere una ruta de recolección con varias ubicaciones, siempre y cuando sea en la misma ciudad o localidad.
En Volca Freight Forwarders sabemos que mantenerte al día con los cambios en las normativas del transporte de mercancías puede ser complicado. Por eso, te ofrecemos un servicio de logística de transporte de alto nivel y nos encargamos de que toda la documentación esté en regla, para que no tengas que preocuparte por nada.
Llámanos, uno de nuestros especialistas estará encargado de asesorarte y diseñar el mejor plan estratégico para tu negocio.